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Avanza Reforma Laboral, ampliando derechos de los trabajadores




En la sesión plenaria de la Cámara de Representantes celebrada el 7 de octubre, se dio un paso significativo hacia la consolidación de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional. Durante el debate, se aprobaron varios artículos cruciales que refuerzan los derechos laborales y ofrecen mayores beneficios a los trabajadores colombianos.


Uno de los puntos más destacados fue la aprobación del artículo 18, que amplía las licencias obligatorias que los empleadores deben otorgar a sus trabajadores. Además de las tradicionales licencias por calamidad doméstica o para el ejercicio del voto, ahora se incluyen licencias para asistir a citas médicas programadas o de urgencia, incluyendo condiciones como dismenorrea y endometriosis en trabajadoras.


También se contempla el tiempo necesario para asistir a funerales de compañeros de trabajo, cumplir con comisiones sindicales, asistir a eventos escolares de hijos o menores bajo su cuidado y realizar trámites relacionados con casos de violencia de género. Esta medida refuerza el compromiso del Gobierno de brindar un entorno laboral más humano y flexible, sin afectar el funcionamiento de las empresas.

 

El artículo 17, también aprobado, establece que los trabajadores que laboren durante días de descanso obligatorio, como domingos y festivos, recibirán un recargo del 100% sobre su salario, aunque de manera gradual. Para 2025, el recargo será del 80%, alcanzando el 100% en 2027. Esta medida busca una compensación justa por el esfuerzo de laborar en días tradicionalmente reservados para el descanso.


 

Otro avance significativo es el artículo 12, que introduce un sistema de evaluación laboral basado en capacidades, esfuerzos y responsabilidades. Este artículo pretende garantizar que los salarios y beneficios reflejen las condiciones específicas de cada puesto de trabajo, asegurando un trato justo y equitativo a los empleados. Asimismo, la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales a través del artículo 14 es un paso adelante en la mejora de las condiciones laborales, permitiendo mayor flexibilidad en la distribución del tiempo de trabajo y respetando los derechos de los trabajadores.


En cuanto al trabajo doméstico, el artículo 37 formaliza el empleo de las trabajadoras del hogar, exigiendo que se cuente con un contrato escrito y registrado, garantizando acceso a la seguridad social y mejores condiciones laborales para este sector, que históricamente ha estado desprotegido. Del mismo modo, el artículo 39 refuerza los derechos laborales de los trabajadores migrantes, asegurando que, sin importar su estatus migratorio, puedan acceder a las mismas garantías que los nacionales, promoviendo un ambiente de igualdad.

 

A pesar de la eliminación de algunos artículos, como el artículo 68 sobre arbitraje en conflictos laborales y el artículo 74 que proponía apoyo a micro y pequeñas empresas en la implementación de la reforma, el avance logrado ha sido notable. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, destacó que ya se ha aprobado el 70% de la reforma, y que aunque quedan temas por debatir, el proceso avanza con paso firme.


Con la aprobación de 53 artículos y la eliminación de solo tres, el Gobierno reafirma su compromiso con una reforma laboral que garantice mejores condiciones para los trabajadores, sin afectar negativamente el funcionamiento de las empresas.



Como siempre, Uribe en contra


El expresidente Álvaro Uribe Vélez expresó su “profunda preocupación” por la reforma laboral que se discute actualmente en el Congreso de la República, al señalar que esta iniciativa tendría graves consecuencias para las pequeñas empresas y la economía colombiana. 


El gobierno de Álvaro Uribe implementó varias políticas que afectaron las condiciones laborales de los trabajadores en Colombia. Una de las medidas más significativas fue la reforma laboral establecida en la Ley 789 de 2002, que redujo la remuneración que los trabajadores recibían por el trabajo nocturno y en días festivos.


Durante su mandato también favoreció la creación de cooperativas de trabajo asociado permitió a los empleadores evadir responsabilidades laborales, según algunos críticos.


Según Uribe, si la reforma es aprobada, las pequeñas empresas, como las pizzerías que operan hasta altas horas de la noche, tendrían que asumir mayores costos. “Hoy una pizzería que opera hasta la medianoche paga un recargo nocturno a partir de las 9:00 p.m.; si se aprueba la reforma, ese recargo comenzará a las 7:00 p.m., lo que es insostenible para muchos emprendedores”, afirmó.


Uribe también criticó la propuesta de pagar al 100% los dominicales y festivos, recordando que Colombia tiene 18 festivos al año, una cifra considerablemente alta en comparación con otros países de la región.


“Colombia tiene 18 días festivos al año. ¿Ustedes saben cuántos tiene Brasil? Tiene 10, Ecuador 11, Argentina 12, Perú 16, Chile 19, pero los recargos en Chile apenas son del 30%. Hoy aquí un dominical o un festivo tiene un recargo del 75%, pero lo quieren dejar en el ciento por ciento”, explicó.



Estabilidad laboral


Actualmente, la reforma está en su segundo debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes. De los 80 artículos que componen el texto, 64 han sido aprobados, tres eliminados y 13 aún están pendientes de revisión por parte de los congresistas.


El horario considerado trabajo diurno se reduce hasta las 6:00 p.m., permitiendo a los trabajadores recibir mayores recargos por trabajo nocturno. Además, los recargos por trabajar domingos y festivos aumentarán del 75% al 100%.


La jornada laboral semanal se reducirá de 48 a 42 horas sin reducir el salario, buscando mejorar la calidad de vida y el equilibrio entre trabajo y vida personal.


Los despidos sin justa causa serán más costosos para las empresas, protegiendo a los empleados frente a despidos arbitrarios y promoviendo la estabilidad laboral.


El artículo 18 que fue aprobado establece que las trabajadoras podrán pedir licencias para asistir a citas médicas programadas o citas médicas de urgencia, incluidos los casos en los que presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada.



Fuente: AL PUNTO

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