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Corte Interamericana califica como desacato, liberación de Fujimori



Para la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado peruano desoyó su llamado a investigar si un indulto otorgado al expresidente violaba o no el derecho internacional antes de liberarlo. Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por violaciones de DD. HH. y fue excarcelado luego de que el Tribunal Constitucional del país avalara el indulto, que le había sido concedido en 2017.

El tribunal internacional llamó a Perú a investigar y juzgar la legalidad del perdón judicial, con plazo hasta el 4 de marzo.


En una resolución publicada este jueves 21 de diciembre, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) recordó haber ordenado “no implementar el indulto” al expresidente encarcelado Alberto Fujimori (1990-2000), debido a que "no observó los estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional".


"El actuar del Estado de ejecutar la liberación de Alberto Fujimori sin que previamente esta Corte pudiera recibir toda la información y evaluar adecuadamente el fondo de la solicitud de las medidas provisionales, constituyó un evidente y grave desacato de lo ordenado", indicó el tribunal. 


Fujimori, de 85 años y quien cumplía una condena de 25 años en prisión -de la cual ha cumplido 16-, fue liberado el 6 de diciembre por una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que restableció el indulto que le había otorgado el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018) en diciembre de 2017.              


                              

Tras su declaración, la Corte Interamericana de Derechos Humanos aseguró que llevará el caso a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, organismo de la cual la Corte IDH es su rama judicial, y de la que Perú es miembro integrante. 


El anuncio de desacato también vino con órdenes al Estado peruano. La Corte IDH solicitó al país presentar un informe de carácter obligatorio en el que debe "investigar, juzgar, y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a derechos humanos" de Fujimori en los casos Barrios Altos y La Cantuta, por los que fue condenado.

                            

Una solicitud que debe ser cumplida antes del 4 de marzo del año próximo y que además ordena a Perú a presentar informes cada tres meses, hasta que la Corte considere necesario. 


Este caso ha sido seguido por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), una organización que representa a víctimas de violaciones de derechos humanos, de los casos La Cantuta y Barrios Altos. El organismo pidió el pasado 7 de diciembre a la Corte que declarara a Perú en desacato y que convoque a una audiencia para que el Estado brinde explicaciones.


Esta, además, es la segunda vez en los últimos años que la Corte IDH declara en desacato a un país, el primero fue Nicaragua, luego de que no respondió a varias comunicaciones que hizo el tribunal y que pasara por alto las medidas de protección de ciudadanos perseguidos o considerados como presos políticos del Gobierno de Daniel Ortega.


 

Fuente: FRANCE 24 (FRANCIA)

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