¿En Dosquebradas?...¡Imposible!
top of page

¿En Dosquebradas?...¡Imposible!



El pasado 21 de febrero el Secretario de Asuntos Administrativos de la alcaldía de en su condición de ordenador del gasto, suscribió los contratos Nos 904 y 905 cuyos objetos son construcción obras de mitigación del riesgo por inundación, deslizamiento y movimiento de masas, y la interventoría técnica, administrativa y financiera de las mismos, por valores de $18.565 y $1.300 millones de pesos, con el Consorcio Box Dosquebradas y Grupo Civilec SAS, respectivamente.


Estas adjudicaciones se hicieron apelando a las declaratorias de calamidad pública establecidas en los decretos Nos 147 de junio de 2019 y 24 de febrero de 2021. Esgrimiendo los decretos de Calamidad Pública Nos 147 y 210 de julio de 2019, el mismo Despacho celebró mediante Urgencia Manifiesta los Contratos Nos 1349, 1351, 1354 y 1361 de 2019 por la suma de $11.772 millones, para ejecutar obras de reducción de riesgo.


El año 2021 con un crédito obtenido por $21.000 millones, esta dependencia destinó $19.800 millones para celebrar los contratos Nos 1913, 1914, 1915, 1916, 1917 y 1955 de 2021 para ejecutar obras de reducción del riesgo y su interventoría, apoyados en los mismos decretos de Calamidad Pública Nos 147, y 210, y el 24 de febrero de 2021, mediante la disposición contenida en el artículo 42 de la Ley 80 de contratación pública de Urgencia Manifiesta, o sea mediante contratación directa “inexistente”, mecanismo descubierto para evadir los procedimientos de licitación y selección objetiva. Con los $1.200 millones sobrantes del crédito celebraron los contratos Nos 1299, 1300 y 1408 de 2022, de nuevo apoyados en el Decreto de Calamidad Pública No 147 de 2019 para contratar directamente el diseño, ejecución e interventoría de las adecuaciones, suministro de mobiliario, adquisición e instalación de hardware y el desarrollo e implementación de software, para la Sala de Crisis y el Centro Operativo de Gestión del Riesgo del municipio y la adquisición de una camioneta para el fortalecimiento de la capacidad de respuesta de la DIGER y de sus entidades operativas.

Toda esta contratación ejecutada por la alcaldía es celebración indebida, pues la norma contenida en el artículo 42 establece que existe urgencia manifiesta cuando la continuidad del servicio exige el suministro de bienes, o la prestación de servicios, o cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas con hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastre que demanden actuaciones inmediatas y, en general, cuando se trate de situaciones similares que para el municipio de Dosquebradas imposibiliten acudir a los procedimientos de selección pública. Y de los tiempos transcurridos entre la declaratoria de calamidad y la celebración de los contratos reseñados, se demuestra que estos no fueron para atender necesidades inminentes o inaplazables, o hechos excepcionales, pues se contrataron muchos meses después de decretada la calamidad.

Es inconcebible cómo se abusa en tal multimillonaria contratación con base a decretos de calamidad pública ya vencidos, pues el parágrafo único del artículo 64 de la Ley 1523 de Gestión del riesgo, establece que una vez decretada la calamidad el retorno a la normalidad no podrá exceder de seis (6) meses para la declaratoria de calamidad pública y de doce (12) meses para la declaratoria de situación de desastre, en estos casos, podrá prorrogarse por una vez y hasta por el mismo término, previo concepto favorable del Consejo Nacional o territorial, para la gestión del riesgo, según el caso.


La reiterada utilización de esta norma para suscribir estos cuantiosos contratos, muestra que no existe temor a las autoridades de control y vigilancia, y que estas a su vez entierran la cabeza en la arena, como el avestruz. En Colombia, sus autoridades optaron por estos mecanismos criminales para eludir la obligación de licitaciones públicas, y desangrar el patrimonio público. ¿Puede un profesional decente aspirar a contratar en este municipio? Imposible.


Escribe: CARLOS ALFREDO CROSTHWAITE FERRO*










*Ingeniero. Dirigente político y cívico. Ex concejal de Pereira por el Polo Democrático Alternativo.

1 visualización0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page