Así está establecido en el Decreto 379 del año 2021.

La Secretaría de Tránsito y Movilidad informa a la comunidad en general que la medida de restricción vehicular de acuerdo con el dígito de la placa estará vigente hasta el 30 de junio de 2022.
Por consiguiente, el director operativo de dicha dependencia Rodrigo Perlaza, explicó que se seguirán ejecutando las acciones de control correspondientes hasta la fecha de pérdida de vigencia del resultado del acto administrativo. Es decir, hasta el día 30 de junio del 2022.
“Es de anotar que la secretaría de Tránsito y Movilidad se encuentra analizando la posibilidad de prorrogar está medida o de iniciar con un proceso apenas se dé la pérdida de la vigencia de revisión de la movilidad del municipio, así como de los niveles de calidad del aire para determinar su continuidad o si se incluirán otros aspectos del decreto anterior”, agregó el funcionario.
Añadió que, durante este tiempo de implementación se evidenció que hay otros factores que afectan la movilidad del municipio y han generado ciertas dificultades en materia ambiental, como es la circulación de los vehículos que realizan recorridos intermunicipales sobre la avenida Simón Bolívar, siendo uno de los puntos de mayor congestión del municipio.
Dato de interés
Una vez se produzca una nueva decisión al respecto, se informará a la comunidad para su correspondiente implementación.
Contribuyentes podrán solicitar el saldo a favor por sanción de extemporaneidad del RUMT
· El plazo para la inscripción o actualización en el RUMT es hasta el 12 de agosto.
Teniendo en cuenta que la administración ‘Empresa de Todos’ amplió el término para el cumplimiento de la actualización en el Registro Único Tributario -RUMT, la secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, dio a conocer que quienes hayan cancelado la sanción por extemporaneidad tendrán este saldo a favor para el pago de vigencias posteriores en los impuestos de Industria y Comercio y/o Predial,o se procederá la devolución del valor pagado.
Así lo confirmó la titular de este despacho, Rosa María Rivera, al informar que los contribuyentes ya fueron notificados de esta decisión a través del correo electrónico, lo cual se lleva a cabo en virtud de la aplicación al principio de justicia y equidad tributaria y en la aplicación de la Resolución No. 948 del 16 de junio de 2022.
Acotó, que para aplicar el valor cancelado como saldo a favor para el pago de vigencias posteriores odevolución del valor pagado, se deberá cumplir con el siguiente trámite:
· Radicar memorial solicitando aplicación de saldo a favor o devolución del valor cancelado, oficio que deberá estar firmado por el representante legal de la sociedad y/o persona natural.
· Anexar recibo originaldel pago de la sanción.
· Anexar copia del certificado de existencia y representación legal (Cámara de Comercio).
· Certificación bancaria.
En caso de que el contribuyente opte por la devolución, esta se realizará por medio de transferencia bancariaal número de cuenta autorizada por el contribuyente.
Datos de interés
Los contribuyentes deben realizar la actualización, ya sea micro, mediana o gran empresa; industriales, comerciales o de servicios.
· la actualización se realiza a través de la página web del Municipio www.dosquebradas.gov.co.
Las personas que deseen más información, pueden dirigirse a la secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas de la Alcaldía de Dosquebradas, ubicada en el Centro Administrativo CAM, primer piso.
Fuente: ALCALDÍA DE DOSQUEBRADAS