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Invasión de tierras, política pública electoral, por LUIS MIGUEL CÁRDENAS


Escribe: LUIS MIGUEL CÁRDENAS VILLADA*


En un País como Colombia en vísperas electorales el Ordenamiento Jurídico se desconoce deliberadamente a amaño de los Políticos que pretenden congraciarse con electores que saben de antemano que su participación en la seudo democracia les trae beneficios individuales aun a costa de su dignidad y perjuicio colectivo.


Los políticos que dominan el ejercicio de lo público controlan Ejecutivos, Legislativo y Judiciales contando además con la anuencia de los organismos de control. Todos saben cómo se maneja el Estado por los Gobiernos de turno y todos saben cómo se elige el Gobierno de turno. Los corruptos y corruptores no solo se encuentran en el desfalco del erario público también en el marco de un Estado de Derecho caracterizado por la Inseguridad Jurídica del mismo. No solo por hermenéutica sino por abuso en la legitimidad y legalidad imperantes. Se podría decir que la Constitución y las Leyes son garantistas pero la administración de las mismas no lo es.


Para ilustrar lo afirmado se propone una actuación institucional considerada punible en el Ordenamiento Jurídico como lo es la Invasión de Tierras contempladas en la Constitución a través de la Función Social y Ecológica de la Propiedad y las Leyes Penales, Civiles y ambientales.


En el Departamento de Risaralda, Ente Territorial del nivel meso se encuentra el Municipio de Balboa, Ente Territorial del Nivel Local el cual determina en su configuración territorial sus componentes urbanos, rurales y ambientales. Ley 388 de 1997.EOT.En la zona rural se identifican los usos del suelo rurales con sus caracterizaciones donde se establecen las formas específicas de tipologías de vivienda campestre o campesina, determinándose sus densificaciones y zonas de protección ambiental no solo por diferentes riesgos sino por la protección constitucional a un ambiente sano y la sana adquisición de la propiedad con fines sociales y ecológicos. Protección Constitucional inalterable.


Una familia decide invadir un lote en la Vereda Granatales con características ambientales plenamente definidas en el EOT.Su propiedad es en apariencia de la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios del Municipio de la Virginia o de unos propietarios privados. Para el caso poco importa el carácter de la propiedad debido a que es un suelo ambientalmente protegido y a su vez determina retiros viales en el sistema terciario lo que significa que el uso es de restricciones ambientales y urbanísticas insuperables.


No es posible desarrollar vivienda por su entorno y esquematización ambiental y características urbanísticas: Densificaciones en vivienda campestre o campesina. La familia invasora no demuestra desplazamiento forzado dedicándose a la venta de lotes ampliando la invasión a más de siete familias y estos nuevos ocupantes se ensanchan con pésimas disposiciones de residuos sólidos alterando el coeficiente urbanístico sino que aumentan el daño ambiental ampliándose y deteriorando el entorno ambiental por incremento del riesgo, hoy no mitigable.


Construyen en doble nivel con materiales livianos provenientes de un guadual de propiedad privada, engañan a la CHEC con Facturas no autorizadas y violentan la integridad física de personas que con derechos ciertos los incriminan. Se presentan demandas y denuncia. El Alcalde anterior por intermedio de la Inspección de Policía ordena su desalojo pero el Alcalde actual no atiende el ordenamiento a pesar de advertencias de acción de cumplimiento. Un Candidato al Concejo de la Época que no fue elegido prometió legalizar la invasión y hasta el momento es respaldado por el Alcalde.


El Personero Municipal en Conjunto con la Defensoría del Pueblo trabajan por proteger los delincuentes con el argumento de una Sentencia de la Corte Constitucional mal leida e interpretada. La única razón explicable son las próximas elecciones que se avecinan donde los invasores votaran por el Candidato del Alcalde, el Personero y la Defensoría porque así son las cosas en Colombia.


*Intelectual y hombre cívico, residente en el departamento de Risaralda.

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