¿Obliga?: Es ético
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¿Obliga?: Es ético



Escribe: NELSON GUZMÁN BAENA*


En dialogo con algunos tratadistas de gestión de empresas asociativas (creo en el eje cafetero son tres) me hacen saber que son múltiples las consultas que se les hace o que llegan hasta ellos sobre esta materia y una particularidad es que poco pagan cuando se les atiende ya que por naturaleza se tiende a creer que por ser solidaria no se debe cancelar ninguna contribución y de esta manera corren sindicatos, precooperativas, cooperativas, fondos mutuarios, conjuntos residenciales, (que se regulan por las leyes 79 de 1988-454 de 1998-675 de 2001. Unas aclaraciones reiteradas entre asociados a estos especialistas tiene que ver con los tipos de asamblea, disciplina o comportamiento de los copropietarios y el más angustioso es el pago de cuotas de administración ordinaria o extraordinaria esta última cuando las condiciones lo requieran para desarrollar actividades que beneficien a la colectividad y que todas deben ser normadas por estatutos.


No creen ellos que ni siquiera el mayor problema sea comprar el lote es todo lo que aspira cualquier humano tener propiedad y la construcción de la vivienda menos ya que la hacen a su gusto y de acuerdo a sus alcances económicos, aunque al final se encontraran con nuevos problemas que escasamente se presupuestan como el del predial y complementario, o el costo de los servicios públicos, alcantarillado, luz, agua, gas y en ocasiones pozos sépticos.


En un primer renglón se identifican estos estudiosos en su debate y es que el futuro de Colombia y de países en vía de desarrollo es la economía solidaria permitiendo generar empleo y frenar la corrupción por sus principios y lo otro es que de forma similar en que a los asalariados les agrada que se nos cancele justos emolumentos por diversas labores efectuadas en desarrollo socioeconómico en la misma dirección se debe actuar con los que nos acompañan en múltiples procesos y más cuando todos los asociados a un conjunto residencial no puedan desarrollar el mismo trabajo que compete al grupo; esto porque unos presentan incapacidades por edad o enfermedad, por sus ocupaciones, otros por desidia y lo que si no es justo es que se entre a disfrutar de los que voluntariamente construyeron para bienestar de todos. Dándose diferencia en el pensar y comportamiento. ¿Al final del túnel como se actúa?, que se dice? Y como queda el ambiente de las relaciones sociales?. He aquí el por qué entender esta diferenciación en las actividades o planes de acción a impulsar y donde todos ocupamos un determinado espacio cultural y sus posibles limitaciones no se ven superables. Luego no es justo que los asociados sigan reconociendo fallas y no haya vencimiento de barreras y de seguro entran las diferencias tediosas.


Para ser ecuánimes en el tratamiento de la asociatividad todos deben poner en trabajo, en bienes o en dinero y pagar los trabajos realizados y por ende buscar alternativas que nos lleven a la equidad y justicia que configuran elementos éticos: 1)Una de estas alternativas debe ser una cuota que permita contratar los trabajos a ejecutar sin que nadie deba laborar al no ser que se entre en correspondencia a pagársele decentemente lo ejecutado. Una cuota que debe ser equilibrada para todos y de acuerdo a su extensión del terreno o la construcción: por ejemplo, un área de 56 metros construido en algunas propiedades horizontales cuesta su cuota de administración $119.000 y esto no implica ningún mantenimiento permanente.


2) de efectuarse obras que impliquen erogaciones elevadas se podrá determinar a través de asamblea extraordinaria la cuota extraordinaria siempre y cuando exista el proyecto de inversión, su cuantía y distribuir de acuerdo a la extensión del terreno.


3)No es viable adelantar cuotas de administración ya que a la larga no habrá con que funcionar o realizar nuevos gastos.


De no lograrse concitar o conciliar estas políticas lo probable es que la Junta Administradora tendrá irregular funcionamiento, decaimiento o a la larga desparecerá por sustracción de materia.

Esto no obliga ciertamente, aunque las normas antes citadas nos precisan que si hay que pagar los trabajos ejecutados y aprobados por los copropietarios. Ahora, que no sea de ley es cuestión de ética y entendámosla de la siguiente manera: como seres humanos concreto, social es histórico pues debemos buscar la realización de la vida buena, el vivir bien del hombre concreto o tomemos esta otra la ética como una disciplina filosófica que estudia el bien y el mal y sus relaciones con la moral y el comportamiento humano.


Universalmente aceptado la ética como Conjunto de costumbres y normas que dirigen o valoran el comportamiento humano en una comunidad. Aplicando solamente el sentido del bien común y transformaremos la irrealidad.









Responsable Comisión Técnica e Investigación de la U.I.S. (Unión Internacional de Sindicatos) de P y J (Pensionistas y Jubilados) de la F.S.M. (Federacion Sindical Mundial). Octubre 20 de 2023.


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